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miércoles, 30 de enero de 2013

Borrador de Regulación sobre Fractura Hidráulica en California


El Estado de California ha publicado un borrador de Reglamento sobre fractura hidráulica (HF). Esta narrativa intenta describir, en términos sencillos, la situación de la normativa vigente sobre la que las regulaciones de HF se basan y describir los efectos del proyecto como si hubiera sido adoptado.
 
Antecedentes

Todos los pozos de petróleo y gas en California están construidos para cumplir con un estándar alto. El Departamento de Petróleo, Gas y Recursos Geotérmicos revisa bien los diseños antes de comenzar para asegurar que los planes de perforación  cumplirán con las estrictas normas de perforación  de pozos. Algunos Estados tienen estándares más bajos para los pozos de petróleo y gas natural típicos y luego elevan sus estándares para pozos a través del cual una práctica de producción como la estimulación HF se va a producir. California mantiene un nivel elevado, o superior, como norma de perforación  para todos los pozos.

Las normas de perforación  de pozos tienen un propósito fundamental - garantizar "el aislamiento zonal". Aislamiento zonal significa que el petróleo y el gas que llega de un pozo de la zona geológica subterránea productiva no se escape del pozo y migre a otras zonas geológicas, incluyendo las zonas que puedan contener agua fresca[1]. El aislamiento zonal también significa que los fluidos que el  operador pone en un pozo por cualquier propósito, se quedarán en esa zona y no migrarán a otra. Para lograr el aislamiento zonal, las regulaciones actuales requieren de una barrera de cemento sea colocada entre el pozo y los estratos geológicos circundantes. La cementación del pozo a la roca circundante forma una barrera contra la migración de fluidos. La cementación debe cumplir con ciertas normas de solidez y ​​estabilidad. Si no cumplen con las normas, se deben reparar o cambiar. Cubiertas de metal - a veces varias capas de metal, dependiendo de la profundidad del pozo - también separan los líquidos de la geología de la zona. Si la estabilidad de un pozo se ve comprometida por temblores de tierra u otros mecanismos, los operadores deben reparar el pozo.

Una vez que los operadores perforan en formaciones geológicas de petróleo y gas, si hay petróleo o gas recuperable, comienzan la extracción del recurso. En algunos casos, el petróleo o el gas natural no fluyen libremente y el pozo debe ser estimulado. Hay una variedad de técnicas de estimulación, incluyendo HF, destinados a mejorar el flujo de petróleo o gas natural de los estratos geológicos al pozo para mejorar la producción.
 

La práctica de HF conlleva la aplicación temporal de alta presión a los estratos de petróleo y gas con el objetivo de crear nuevas fisuras a través de las cuales el petróleo o el gas puedan fluir hacia el pozo y producir. Sin estas fisuras, la zona geológica no liberaría tan fácilmente el petróleo o el gas. Las presiones aplicadas deben ser lo suficientemente altas para romper la formación geológica (es decir, una "presión de fractura" mayor que la de los estratos). En HF, el fluido con productos químicos y aditivos destinados a lograr ciertos fines se inyecta a presión en la formación. Un "agente sostén" (normalmente arena, resina de pequeños tamaños o bolitas de cerámica) se añade para que las fracturas creadas no colapsen sobre sí mismas por el peso de miles de metros de roca. Si las fracturas se cerrasen, ningún flujo adicional de petróleo o gas se produciría. Algunos productos químicos y aditivos en el fluido de fracturación ayudan a que el agente sostén permanezca como una solución similar a un gel (en lugar de depositarse en el fondo del fluido) para la circulación en las fisuras. Otros aditivos disuelven el gel después de las fracturas para permitir que el "fluido de fracturación" vuelva a la superficie y deje los agentes sostén en las fisuras. En otros casos se inyecta un fluido para asegurar que bacterias de la superficie no contaminen accidentalmente los estratos geológicos, donde pueden formar membranas o cultivos que podrían obstruir el flujo del pozo. Algunos de los productos químicos utilizados en los fluidos de fractura no son tóxicos pero otros, en ciertas concentraciones, tienen propiedades potencialmente peligrosas para la salud. La mayor parte de los fluidos que se inyectan se recuperan en la superficie del pozo.

 
El petróleo y gas natural de los yacimientos de California están casi siempre asociados con "agua producida" - es decir, el agua salobre existente en la formación. En general, hay mucha más agua que petróleo o gas natural en una formación; en California 80-90% de agua no es infrecuente. Esto significa que, el promedio de todos los pozos en el estado, por cada 100 barriles de fluido producido, más de 80 son agua salobre. Tres cosas pueden hacerse con esta agua: ser utilizada para la operación; ser inyectada en pozos de desecho de aguas residuales; o se puede tratar. Cuando HF se produce, la mayor parte del fluido de fracturación se bombea a la superficie junto con el agua de formación, haciendo imposible la separación de los fluidos de fractura del agua del pozo. El fluido de fracturación es entonces co-dispuesto con el agua del pozo. Las regulaciones actuales especifican los requisitos de eliminación de estos líquidos. Por ejemplo, las regulaciones existentes señalan cómo los fluidos deben ser inyectados en pozos de aguas de desecho; la forma en que se utilizan para aumentar la producción de petróleo de yacimientos existentes; o la forma en que deben ser tratados.


Procedimiento para la aprobación de perforación

Los operadores deben solicitar autorización al Departamento de Petróleo, Gas y Recursos Geotérmicos antes de perforar un pozo de petróleo y gas. Si su propuesta cumple con los estándares de perforación de pozos existentes se aprueba la propuesta. Una vez que el pozo está autorizado, el operador está autorizado debe perforar y cumplir con las normas existentes. Si el pozo pierde estabilidad - por ejemplo, daños al pozo resultan en la incapacidad para proporcionar aislamiento zonal - el operador tiene que solucionar esta situación. Además, si el operador requiere un cambio en la profundidad del pozo o cambiar de un "pozo de producción" a un "pozo de inyección" o un "pozo de eliminación", el Departamento / División debe examinar el cambio propuesto. Regulaciones existentes buscan proteger las aguas subterráneas, la salud pública y la seguridad, y el medio ambiente mediante la adhesión a las normas de perforación  y el mantenimiento de la estabilidad íntegra del pozo. Estas protecciones deben permanecer intactas, independientemente de las técnicas de producción y estimulación aplicadas a la formación geológica a través del pozo.


¿Qué requieren estas regulaciones?

 
1.         Prueba previa a la fractura. Antes del HF, los operadores tendrán que asegurarse que el pozo a través de la cual el HF va a ocurrir puede resistir las fuerzas utilizadas. El reglamento propuesto exige que el operador pruebe la estabilidad y fortaleza del pozo en varios puntos de la perforación para asegurarse que aguante las presiones y fuerzas de la HF. Si el pozo tuviera debilidades por lo que revelan las pruebas de presión, no podría ser utilizado para HF antes de que sea reparado o  reforzado. El operador también tendrá que probar el espesor y la fortaleza de los enlaces de cemento existentes para asegurar que el pozo no se romperá en o fuera de las zonas aisladas bajo presiones de HF. Los operadores también tendrá que probar la estabilidad de pozos cerca del HF para asegurarse que no se pueda, después del HF, crear un canal fuera de la zona prevista y en otros estratos geológicos. Operadores modelarán dónde y hasta qué punto las fracturas se producirán durante HF; el proyecto de reglamento del Departamento requeriría la evaluación de las características y las posibles fuentes de migración a otras zonas y a una distancia de dos veces la considerada en el modelo. Por ejemplo, si un operador modela una HF que produciría una fractura de 100 pies, la normativa propuesta exigiría una evaluación de la estabilidad y fortaleza de cualquier pozo dentro de 200 pies del lugar.

 
2.         Aviso previo. Los operadores estarán obligados a informar al Departamento en un formulario específico los resultados de estas pruebas por lo menos 10 días antes de la operación de HF. Los operadores también proporcionarán información específica sobre la ubicación del pozo, la profundidad, y otros detalles. La regulación propuesta exige que el Departamento / División tenga 24 horas de aviso previo antes de las operaciones reales de HF para permitir a los ingenieros / inspectores de la División presenciar la operación. Este plazo es coherente con otras pre-aviso de requisitos, tales como la notificación requerida para las pruebas a los sistemas de prevención de explosión. El Departamento publicará en su sitio web de acceso público las copias del formulario - "HF1" - dentro de los 7 días de la recepción de la HF1.

 
3.         Control durante las operaciones de fractura. Durante la operación de HF, los operadores estarán obligados a controlar permanentemente los pozos. Si notare cambios inesperados, se requiere detener las operaciones, investigar las razones y remediar el problema antes de reanudar la operación de HF. Por ejemplo, un pico de presión repentina en una parte del pozo a que se supone debe estar protegida podría indicar una posible falla de un componente del pozo. De manera similar, caídas repentinas de presión podrían indicar una falla en la contención de la presión del pozo. En cualquier caso, el operador estará obligado a detener las operaciones inmediatamente e investigar, reportar y reparar antes de reanudar las operaciones de fractura.

 
4.         Control posterior a la operación de HF. Para asegurarse de que las operaciones de fractura no dañaron el pozo, los operadores estarán obligados a controlar las presiones específicas, condiciones y tasas de producción diaria durante los primeros 30 días después de la fractura y en forma mensual durante los 5 años posteriores a la operación de fractura. Por la regulación propuesta, los operadores deberán conservar los datos de la operación de fractura - incluyendo los fluidos utilizados - que permitan el control a largo plazo, para el caso de preguntas futuras sobre el potencial daño de la práctica actual.

 
5.         Publicación. Después de la operación de fractura, los operadores estarán obligados a publicar la información sobre estas operaciones en un "registro de divulgación química." La regulación propuesta señala el sitio FracFocus.org, pero en caso que no se pudiera utilizar con este propósito, el Departamento especificará otro medio para publicar cierta información. Esto incluye cosas tales como el nombre del operador, el pozo y la ubicación, la profundidad, el nombre de la formación geológica fracturada, la lista de los productos químicos utilizados en el proceso de fractura, el volumen total de fluido utilizado y la colocación del fluido usado para fracturar .

 
6.         Secretos comerciales. Algunos operadores y contratistas de los operadores afirman que la composición química de los fluidos de fractura que usan están protegidos como secreto comercial. La protección de secretos comerciales está contemplada en el Código Civil de California. Para invocar esta protección, en el contexto del proyecto de regulación, el dueño del secreto comercial deberá demostrar que el secreto le confiere a su titular una ventaja económica significativa, que la divulgación del secreto pondría en peligro esa ventaja, que la información no ha sido revelada en otras partes, y que la sustancia o fluido no puede ser descubierta en su composición haciendo ingeniería inversa. La regulación propuesta requerirá que el titular de la información considerada como secreto comercial declare bajo pena de perjurio que la información retenida cumple con los requisitos del secreto comercial. También requiere que si el Departamento u otra agencia, como resultado del derrame o liberación accidental de fluido de fracturación, necesitase conocer la composición específica del fluido de fractura con fines de investigación o de respuesta de emergencia, la misma se pondrá a disposición del Departamento u otra agencia inmediatamente. La regulación propuesta requiere la divulgación al médico, enfermera u otro profesional médico que estuviera tratando un paciente con sospecha de exposición al líquido de fractura, de la composición química específica de ese fluido. La División apoyará la legislación, con las garantías adecuadas, que permitan al público a cuestionar directamente la afirmación del secreto comercial.

 
7.              Almacenamiento y Manipulación de Fluidos de fractura hidráulica. La ley actual y los reglamentos aplicados por el Departamento de Petróleo, Gas y Recursos Geotérmicos contiene disposiciones relativas a la notificación, la respuesta y la limpieza de derrames en un campo petrolero. La regulación propuesta aclarara que los fluidos de fractura están sujetos a los requerimientos de informes, de respuesta y de limpieza. Los fluidos de fractura concentrados almacenados en el lugar antes de mezclar, los fluidos de fractura ya mezclados y los fluidos producidos, incluyendo el reflujo de fractura, todos estarán sujetos a estos requisitos. Además, la regulación propuesta aclara que los fluidos de fractura hidráulica  nunca se pueden guardar en sumideros o pozos sin revestimiento. Además, en el caso de una fuga o derrame, los operadores estarán obligados a presentar un informe al Departamento detallando las actividades que condujeron al derrame, los tipos y volúmenes derramados, la causa del derrame, las acciones tomadas para detenerlo, controlarlo e informar del derrame y las medidas adoptadas para prevenir futuros derrames.



[1] NT Si bien parece bonito que esto se haga con fines ambientales, la realidad es que si el pozo no se cementa la formación se derrumba con cañería, trépano y todo lo que tuviera adentro. Se hace así desde siempre.

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